martes, 5 de enero de 2016

Delegan facultades en el OEFA durante el Año Fiscal 2016.

 Delegan facultades en el OEFA durante el Año Fiscal 2016


 Delegan facultades en el OEFA durante el Año Fiscal 2016
OEFA

Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 001-2016-OEFA/PCD.

Delegan facultades en el OEFA durante el Año Fiscal 2016.
Mediante la presente norma, se establece, delegar las siguientes facultades en la Secretaría General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA durante el Año Fiscal 2016:
1. Facultades en materia presupuestal:
Entre estas facultades se le da la de aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático; asimismo, emitir las directivas internas para la ejecución y racionalización del gasto que permita un manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecución presupuestaria del Año Fiscal 2016.
2. Facultades en materia de Contrataciones del Estado:
Entre estas facultades tenemos la de aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modificaciones, y supervisar periódicamente su ejecución, en el marco de lo establecido en las disposiciones que apruebe el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE; aprobar los expedientes de contratación, las bases administrativas y la cancelación de los procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Simplificadas derivadas de Licitaciones Públicas sin modalidad y Concursos Públicos;  resolver los recursos de apelación interpuestos en los procesos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a sesenta y cinco (65) UIT, dentro del marco normativo que regula las contrataciones del Estado  y finalmente
3. Facultades en materia administrativa:
Aprobar el Programa de bienestar social y desarrollo humano dirigido al personal de la Entidad, el Plan de Comunicaciones y el Plan de Estrategia Publicitaria de la Entidad, el Manual de Identidad Gráfica de la Entidad. Otra facultad es la de suscribir, en representación del OEFA, todo tipo de convenios de cooperación interinstitucional, así como sus respectivas adendas, sean modificatorias o resolutorias, que correspondan o coadyuven en la gestión administrativa interna de la Entidad, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad; así como resolver el vínculo laboral con el personal del Régimen Laboral de la Actividad Privada, cuando no exista mutuo acuerdo.
La norma antes comentada entrará en vigencia 6 de enero del 2016

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